sábado, 7 de junio de 2025

Acuerdo de Escazú: algunos apuntes con relación a la reciente adhesión por parte de Bahamas


Acuerdo de Escazú: algunos apuntes con relación a la reciente adhesión por parte de Bahamas


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com. 

 

El 27 de septiembre del 2025, el Acuerdo de Escazú cumplirá siete años desde que, en el marco de un evento paralelo a la Asamblea General de Naciones Unidas, fue oficialmente abierto a la firma y ratificación por parte de los Estados (véase texto completo del Acuerdo de Escazú).

Para el Día Internacional del Ambiente, celebrado en todo el mundo el pasado 5 de junio, Bahamas oficializó su adhesión a este valioso instrumento regional, sumándose así a los 17 Estados que ya han procedido a depositar su respectivo instrumento de ratificación (véanse la nota oficial del aparato diplomático de Bahamas y la nota oficial de la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas / CEPAL). 

Nótese que este mismo 5 de junio, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas dedicó una larga infografía y un extenso texto al Acuerdo de Escazú, en homenaje a todos los defensores del ambiente de todo el mundo (véase enlace) y a sus derechos: una infografía que pone en alto el nombre de Costa Rica y el de uno de su cantones (Escazú) pasada totalmente desapercibida en... la misma Costa Rica.

Setiembre, junio, así como marzo, son meses que concentran muchas de las fechas escogidas por los Estados para proceder al depósito formal de su instrumento de ratificación en Naciones Unidas, como lo veremos en las líneas que siguen. Antes de éstas, la indiferencia  de algunos Estados y la distancia que mantienen con el Acuerdo de Escazú merecen también una breve mención, dada la apremiante situación que viven muchas personas en América Latina, así como sus familiares, al alzar la voz en defensa del ambiente.


Acuerdo de Escazú, indiferencia de algunos decisores políticos, mientras aumenta la vulnerabilidad de los defensores del ambiente

En el caso específico de Costa Rica, es de indicar que el pasado 4 de marzo, el Acuerdo de Escazú celebró siete años desde su adopción, luego de nueve largas rondas de negociación (que duraron cinco años, siete meses y siete días): este nuevo aniversario pasó totalmente desapercibido en Costa Rica, con una indiferencia notoria de los medios de prensa costarricenses, así como en varios otros Estados de América Latina. Los cuales, conjuntamente con Costa Rica, fueron de los primeros en firmarlo en el mes de setiembre del 2018: siete años después, sus actuales autoridades, no consideran oportuno apoyar y mucho menos gestionar su aprobación legislativa. 

En el mes de abril del 2025, se organizó en San Kitts y Nevis el tercer foro sobre las protección de los defensores del ambiente  en el marco del Acuerdo de Escazú (véase enlace oficial de la CEPAL y agenda del evento). Los lineamientos y planes de acción ahí discutidos y adoptados, así como los acordados en el marco del segundo foro celebrado en Panamá en setiembre del 2023 (véase enlace a informe final) contrastan con la dura realidad que deben enfrentar los defensores del ambiente, en particular en Estados que persisten en mantenerse distantes del Acuerdo de Escazú.

Este extenso reportaje de abril del 2025 sobre la situación en Perú detalla el nivel de extrema vulnerabilidad e indefensión que enfrentan los defensores del ambiente peruanos. Este otro artículo publicado en Costa Rica en mayo del 2025 refiere a una situación muy similar que conocen quienes alzan la voz en defensa del ambiente. De igual manera en Centroamérica, esta nota de mayo del 2025 referente a la muerte de ecologistas en Guatemala y esta otra nota sobre el asesinato acaecido en Honduras de un reconocido defensor del ambiente en abril del 2025. En febrero del 2025 se informó de demandas penales en El Salvador contra opositores a proyectos mineros (véase nota de prensa). La ONG Amnistía Internacional emitió una alerta internacional sobre la suerte de un defensor del ambiente en Paraguay en el mes de abril del 2025 (véase enlace). En el caso de Brasil, la ONG Human Rights Watch emitió un informe en el que se pide a sus autoridades ratificar sin más preludios el Acuerdo de Escazú ante la ola de amenazas e intimidaciones así como asesinatos que sufren los defensores del ambiente, en particular en la región amazónica.

No obstante el desinterés por parte de Costa Rica y de algunos otros Estados, se debe recordar que, en América Latina, Colombia precedió a Bahamas: en efecto, Colombia culminó el 25 de septiembre del 2024 un largo proceso, al depositar formalmente ante la Secretaría General de Naciones Unidas, su instrumento de ratificación. Es de notar, a diferencia de otros depósitos del instrumento de ratificación, la presencia de las máximas autoridades colombianas en la delegación oficial presente en Nueva York para el acto formal de entrega de dicho instrumento de ratificación (véase artículo de prensa con foto de la misma). 


Los supuestos "argumentos" en contra el Acuerdo de Escazú desnudados por la realidad económica en los Estados que ya lo han ratificado

Colombia se convirtió en el Estado Parte número 17 del Acuerdo de Escazú, y, desde el 5 de junio pasado, Bahamas en el Estado Parte Número 18 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones): en el caso de Colombia, ninguna de la previsiones catastróficas en materia económica que preveía el sector privado colombiano que acontecerían de aprobarse el Acuerdo de Escazú se ha observado (como, por cierto, en ninguno de los otro 16 Estados que ratificaron el Acuerdo de Escazú antes de Colombia). 

En el caso de Chile que aprobó el Acuerdo de Escazú en el 2022, sus autoridades actuales de han mostrado particularmente comprometidas con el Acuerdo de Escazú, con una serie de lineamientos y de guías para el Estado elaboradas por sus autoridades ambientales (véase enlace oficial): tampoco en Chile se ha observado algun tipo de efecto negativo para la economía y para la competitividad de los productos de exportación chilenos, como lo sostenía de manera falaz la cúpula político-empresarial que gobernó a Chile durante el período 2018-2022. 

En el caso de México que ratificó el Acuerdo de Escazú en el 2021 sin que ello tampoco afectara su economía, a finales del 2024 se adoptó oficialmente una guía con el fin de implementar lo dispuesto en el Artículo 9 en aras de reforzar la protección de los defensores del ambiente  (véase documento), siguiendo lo establecido en marzo del 2024 en el Plan de Acción propuesto durante la COP3 por parte de Chile, Ecuador y Saint Kitts y Nevis (véase propuesta).

En el caso del Caribe anglófono, la reciente ratificación de Bahamas deja únicamente a Jamaica como Estado habiendo firmado más no ratificado el Acuerdo de Escazú, y a Trinidad y Tobago como el único Estado isleño anglófono en no haberlo tan siquiera firmado.

La ausencia de impactos negativos para las economías y las exportaciones de los Estados que ya han aprobado el Acuerdo de Escazú confirma lo que en su momento (2020) nos llevó a titular un artículo en Costa Rica de la siguiente manera: 

" '¡Llegaron los mitos!': a propósito de los recientes comunicados en contra del Acuerdo de Escazú" (Nota 1).

En una entrega anterior, nos permitimos incluso señalar el carácter súbito de la oposición de entidades gremiales del sector privado costarricense al Acuerdo de Escazú, al precisar en un artículo publicado en la prensa costarricense que:

"Estas repentinas objeciones, provenientes de estas tres entidades denotan algo raramente visto con relación al trámite de aprobación de un tratado internacional en Costa Rica: en efecto, no se tiene registro de una reacción similar en contra de un instrumento internacional en materia de ambiente o de derechos humanos que haya despertado tantas reacciones en su contra en Costa Rica en unas semanas. El calificativo usado de “repentinas”  se explica en razón  del hecho que durante la etapa inicial en la que la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate por unanimidad este mismo texto, en febrero del 2020,  no se había desatado semejante ofensiva en contra del Acuerdo de Escazú. Tratándose del mismo texto, con las mismas disposiciones, cuesta entender qué pueden haber descubierto de tan preocupante y amenazante las cámaras entre el mes de febrero y noviembre de un mismo año" (Nota 2).


Costa Rica y el Acuerdo de Escazú

Como bien se sabe, el texto adoptado en Escazú ha sido descrito por numerosos especialistas como un instrumento jurídico moderno en materia de gestión y de gobernanza ambiental, y ello desde muy diversas perspectivas y disciplinas (Nota 3). 

En Costa Rica, la Universidad de Costa Rica (UCR) fue de las primeras entidades públicas en recomendar su ratificación al Poder  (véase pronunciamiento del 6 de mayo del 2021). Desde entonces han sido numerosos los llamados en este sentido a las máximas autoridades costarricenses por parte de diversos sectores sociales y académicos, a los que se pueden añadir los de  diversos relatores especiales de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, los de órganos de Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos (OEA), así como los de la misma OCDE en el mes de octubre del 2023, reiterando varios llamados anteriores hechos a Costa Rica (véase nota del medio digital Delfino.cr). En mayo del 2025, fue la REDESCA de la OEA la que le recordó expresamente a Costa Rica un asunto pendiente denominado Acuerdo de Escazú (véase nota de Delfino.cr).

Pese a estos diversos llamados, la clase política costarricense se ha mostrado incapaz de redireccionar las cosas, de cara a una futura aprobación del Acuerdo de Escazú. En cuanto a las organizaciones ecologistas, se ha observado cierta apatía de varias de ellas con relación al Acuerdo de Escazú en los últimos años. Un reciente número de la Revista Costarricense de Derecho de marzo del 2025 (véase enlace) dedicado al Acuerdo de Escazú que reúne artículos de varios especialistas costarricenses viene, desde la academia, a recordar la importancia de este instrumento internacional, y paliar al olvido en el que pareciera haber caído el Acuerdo de Escazú para algunas entidades ecologistas.

Un foro realizado en febrero del 2023 con dos eminentes especialistas costarricenses del derecho ambiental, titulado “Acuerdo de Escazú, ¿qué sigue?” y auspiciado por el medio digital costarricense LaRevista.cr (véase enlace) explicó de manera muy detallada los alcances del archivo por parte de la Asamblea Legislativa del Acuerdo de Escazú en febrero del 2023: reiteró, de paso, la poca solidez de los supuestos "argumentos" difundidos en contra del Acuerdo de Escazú por varias cámaras empresariales costarricenses. Se invita desde ya a nuestros estimables lectores a escuchar (y a reescuchar) este importante espacio de discusión y análisis, que permitió desnudar las maniobras y zancadillas de diversa índole que ha tenido que sufrir el Acuerdo de Escazú en Costa Rica en los últimos años, incluyendo las propinadas por la misma Sala Constitucional en dos ocasiones. 


Breve recuento sobre la tramitación que se observó  en Colombia

Desde el 5 de noviembre del 2022, luego de que ambas cámaras del Congreso colombiano aprobaron el texto del Acuerdo de Escazú, el Poder Ejecutivo colombiano estuvo esperando pacientemente la decisión de la Corte de Constitucionalidad, la cual se tomó casi dos años para declararse a favor del Acuerdo de Escazú (Nota 4). 

No se tiene información sobre las razones exactas por las que el estudio de este tratado internacional por parte de los magistrados constitucionales colombianos se extendió por tanto tiempo. Para tener idea de los plazos, podemos mencionar que:

- la ley de aprobación de la Convención Belém do Para para sancionar y prevenir la violencia contra las mujeres fue sancionada por el Poder Ejecutivo el 29 de diciembre del 1995 y la Corte de Constitucionalidad emitió su sentencia el 4 de septiembre de 1996 (véase sentencia); 

- la ley aprobando el acuerdo bilateral de promoción comercial con Estados Unidos fue sancionada el 7 de julio del 2007 por el Poder Ejecutivo, y la Corte de Constitucionalidad emitió su sentencia el 24 de julio del 2008 (véase texto); 

- la ley aprobando la Convención del 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas fue sancionada por el Ejecutivo colombiano el 31 de julio del 2009 y la sentencia del juez constitucional viene con fecha del 21 de abril del 2010 (véase texto).

En el caso del Acuerdo de Escazú, la espera fue mucho mayor: en efecto, sancionada por el Poder Ejecutivo el 5 de noviembre del 2022, fue tan solamente el 28 de agosto del 2024 que la Corte de Constitucionalidad dio a a conocer su decisión favorable con respecto a la ley de aprobación del Acuerdo de Escazú: véanse el comunicado oficial de las autoridades ambientales de Colombia y el comunicado oficial de la justicia constitucional colombiana que también merece ser revisado (disponible en este enlace).

Colombia vino así a sumarse a los 16 Estados que ya lo habían ratificado, entre los cuales  figuraban - a setiembre del 2023 -  Argentina, Belice, Bolivia, Chile, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá y Uruguay.

A la fecha en América Latina, se mantienen distantes, al haber firmado el Poder Ejecutivo más no aprobado el Acuerdo de Escazú (atribución del Poder Legislativo), los siguientes Estados: Brasil, Costa Rica, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana. Es de notar que fueron los primeros Estados en firmar el Acuerdo de Escazú, el 27 de septiembre del 2018, conjuntamente con otros siete Estados, en Nueva York.



Mujeres de Yulchen Frontera, integrantes de la Resistencia Pacífica Ixquisis en contra del proyecto hidroeléctrico San Mateo en Guatemala. 
Imagen extraída de la nota de prensa "Defensores ambientales en Latinoamérica: rendirse no es un opción", Mongabay Latam, 31 de octubre del 2019, y reproducida en el medio digital LaMula (Perú).


Entre los Estados que ni tan siquiera lo han firmado  cuando podían hacerlo (un acto que figura entre las atribuciones del Poder Ejecutivo), persisten al momento de redactar estas líneas (7 de junio del 2025) en no "adherir" al Acuerdo de Escazú (al haberse establecido un plazo para su "firma", el cual venció en el 2020): Cuba, El Salvador, Honduras, Surinam, Trinidad y Tobago así como Venezuela.


Fechas insígnes escogidas para depositar un instrumento de ratificación

Nótese que Bahamas logró depositar el instrumento de ratificación el mismo día en el que se conmemora mundialmente el Día Internacional del Ambiente (5 de junio), demostrando su aparato diplomático una gran destreza y precisión. En el caso de Chile (13 de junio), posiblemente sus autoridades buscaron depositar el instrumento de adhesión el 5 de junio del 2022, sin contar con los tiempos y plazos internos vigentes dentro del aparato diplomático de Chile.

En el caso de Colombia (al igual que Bolivia, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis y Uruguay en el 2019), la cancillería colombiana optó por depositar formalmente el instrumento de ratificación en una fecha cercana al 27 de septiembre: se trata, como indicado con anterioridad, del día en que formalmente este instrumento regional fue abierto a la firma de los Estados en Naciones Unidas, con ocasión de una ceremonia protocolaria realizada durante en evento paralelo a la Asamblea General de Naciones Unidas, el 27 de septiembre del 2018 

Otros Estados en cambio, escogieron una fecha cercana al 4 de marzo (fecha en que se adoptó dicho instrumento en Costa Rica en el 2018) para proceder formalmente al depósito del instrumento de ratificación en Naciones Unidas: Belice en el 2023, así como Nicaragua y Panamá (2020).

Es de destacar la perfecta coordinación entre los aparatos diplomáticos de Argentina y de México para depositar el mismo 22 de enero del 2021 su respectivo instrumento de ratificación ante la Secretaría General de Naciones Unidas, permitiendo así que la entrada en vigor del Acuerdo de Escazú (ambos Estados siendo la ratificación necesaria número 11) se materializara para la celebración del Día de la Tierra, el 22 de abril del 2021. Raramente se ha observado en Naciones Unidas una coordinación tan esmerada entre dos aparatos diplomáticos para  depositar de manera conjunta su respectivo instrumento de ratificación.


El Acuerdo de Escazú: viento en popa

Pese a la nula cobertura periodística en medios nacionales en Costa Rica sobre la adhesión de Bahamas registrada en este mes de junio del 2025, resulta también oportuno indicar que conoció similar suerte en los medios costarricenses la tercera Conferencia de Estados Partes al Acuerdo de Escazú (COP3), la cual se realizó en Santiago de Chile en abril del 2024 (véase documento preparatorio de marzo del 2024).

Entre otras decisiones, se aprobó el Plan de Acción sobre Defensora y Defensores de Derechos Humanos en Asuntos Ambientales (véade decisión y el documento titulado Plan de Acción), en gran medida a partir de los numerosos insumos recabados durante el II foro de Defensoras y Defensores realizado en la ciudad de Panamá en septiembre del 2023 (véase informe final). 

En el mes de abril del 2023, la COP2 se realizó en Buenos Aires, Argentina (véase informe final). Habíamos tenido la oportunidad de saludar, entre otros aspectos, el regreso de Chile en el 2023, como Estado Parte: véase nuestro artículo titulado "Acuerdo de Escazú: una segunda COP más que exitosa" publicado en el medio digital costarricense Delfino.cr.

En esta COP2 realizada en Argentina, los Estados Partes escogieron a los integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo de Escazú, el órgano de expertos independientes, que crea el mismo tratado en su artículo 18  (véase enlace).

Para completar esta secuencia, la primera COP se reunió en abril del 2022 en Santiago de Chile (véase programa), contando en aquel momento el Acuerdo de Escazú con 12 Estados Partes, a saber: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas así como Uruguay. En este enlace se puede consultar el informe final - de más de 70 páginas - de esta primera e histórica cita para el Acuerdo de Escazú y la gobernanza ambiental en América Latina y el Caribe. 

El éxito de este instrumento jurídico de vanguardia se evidencia no solamente con las decisiones tomadas en sus primeras tres Conferencias de Estados Partes: también al revisar los insumos reunidos para garantizar una correcta aplicación,  elaborados desde la misma CEPAL (Comisión Económica para América Latina) en una valiosa guía de implementación del Acuerdo de Escazú, la cual fue presentada formalmente en abril del 2022 (texto completo disponible aquí): para cada artículo, los Estados y las organizaciones de la sociedad civil, así como otros actores, disponen de un detallado análisis que los invita a acciones de muy diversa índole.

En lo que respecta específicamente a la implementación,  Chile es posiblemente el Estado que más esfuerzos está realizando desde que es Estado Parte al Acuerdo de Escazú. Incluso sus actuales autoridades ambientales realizaron un encuentro para celebrar los seis años del Acuerdo de Escazú (desde su apertura a firmas de Estados en Naciones Unidas), el 25 de septiembre del 2024 (véase enlace): se trata de una actividad más que viene a añadirse a una serie de iniciativas reunidas en este enlace especial sobre el Acuerdo de Escazú que mantienen sus autoridades ambientales  desde su sitio oficial.  Sin lugar a dudas, estas valiosas iniciativas en Chile deberían poder inspirar a muchos otros Estados Partes al Acuerdo de Escazú.

En octubre del 2023, Argentina por su parte se dotó de un verdadero "Plan Nacional para la Implementación del Acuerdo de Escazú" (véase documento), precedido por una "Ruta hacia la implementación / Argentina" elaborada desde la misma CEPAL (véase documento).

Resulta oportuno indicar que en el mes de mayo del 2024, la misma CEPAL puso a disposición del público y de los Estados una innovadora herramienta digital de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú: véase enlace a dicha plataforma.

Los notables avances en el Sur de América con relación al Acuerdo de Escazú pueden ser contrapuestos a la total falta de iniciativa gubernamental en Centroamérica para proteger a quienes alzan la voz en defensa del ambiente y resguardar sus derechos.


La persistente e inexplicable ausencia de Costa Rica

Resulta de cierto interés, en el caso de Costa Rica, recordar su persistente ausencia como Estado Parte al Acuerdo de Escazú, adoptado en marzo del 2018 en ... Costa Rica, luego de haber coliderado con Chile las negociaciones (Nota 5).  

Es de notar desde ya que durante los largos meses en los que examinó el Acuerdo de Escazú, la Corte de Constitucionalidad de Colombia no encontró ninguno de los extraños "hallazgos" del Poder Judicial de Costa Rica para dificultar su tramitación, a los que referimos en nuestro precitado artículo y en otro artículo anterior sobre los verdaderos "mitos" creados por algunos sectores en contra del Acuerdo de Escazú en Costa Rica (Nota 6).

Tampoco un solo magistrado colombiano detectó amenaza alguna en materia penal con un supuesto riesgo que significaría la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental:  un supuesto "argumento" presentado como tal por diversas cámaras empresariales costarricenses y una magistrada de la Sala Constitucional (Nota 7). 

Ya habíamos tenido la ocasión, en el 2023, de concluir que la soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina es latente, al precisar que:

"Raramente un criterio interpretativo tan erróneo como equivocado de los jueces costarricenses ha quedado en evidencia de tan singular manera. Y raramente el criterio disidente (y solitario) de un magistrado de la Sala Constitucional se ha visto tan confortado por la práctica en otros Estados luego de haber sido externado (marzo del 2020)" (Nota 8).

El hecho que en ninguno de los 16 Estados que antes de Colombia, han ratificado el Acuerdo de Escazú, se haya observado alguna traba en sus respectivas economías o algun tipo de freno en proyectos de infraestructura, debiera de llamar a la reflexión a algunos sectores en Costa Rica: en particular unos cuantos, propensos a repetir como ciertos, supuestos "argumentos" ventilados desde un sector  del gremio empresarial en contra de este valioso instrumento regional.


Manifestación contra el Ministerio de Salud, 21 de agosto del 2008, con la presencia de la Ministra de Salud, Maria Luisa Avila, sobre el intento - algo original - de las autoridades de  salud de legalizar el bromacil en el agua potable (no es ninguna broma, así como se lee, legalizar el bromacil en el agua potable) de varias comunidades afectadas por la insensata expansión de la piña de exprotación MD2 (o "Sweet Gold") en la región de Siquirres. En el 2011, las autoridades sanitarias rehuyeron un debate público en la misma UCR (véase nota). En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió finalmente el uso de bromacil en Costa Rica. Foto perteneciente a los archivos del autor. Se leyó en el 2009 por parte de la misma titular de Salud que: "Los del IRET se han negado a dar los nombres de los niños, con el argumento de la confidencialidad, lo cual en lo personal me parece un absurdo en estos casos. En lo personal y como Ministra me parece una barbaridad" (véase artículo del Semanario Universidad titulado "Revelación de agroquímicos en orina de menores genera disputa").

 

Cabe indicar que fueron varios los intentos en aras de debatir públicamente estos "argumentos" difundidos por cámaras empresariales con académicos y especialistas en materia ambiental y que todos fracasaron: primero en el mes de abril del 2021 con un espacio auspiciado por el medio digital costarricense Delfino.cr, luego en mayo del 2021 con un debate organizado desde la UCR (véase también comunicado oficial de la UCR), así como en junio del 2021 desde el Colegio de Biólogos de Costa Rica. Al tratarse de foros virtuales en los que se solicitaba a las organizaciones de la empresa privada conectar a sus representantes a una hora determinada en una fecha fijada con antelación, las razones esgrimidas para no asistir plantean interrogantes muy válidas. Al parecer, enviar comunicados a los congresistas en contra el Acuerdo de Escazú (como por ejemplo esta carta de febrero del 2022 suscrita por varias importantes corporaciones del sector privado costarricense) y rehuir constantemente el debate público sobre sus supuestos "argumentos" es la tónica de algunos en Costa Rica.


Centroamérica y el Acuerdo de Escazú

No está de más indicar que la no aprobación por parte de Costa Rica produce efectos más allá del territorio costarricense, al ofrecer un inesperado argumento a los detractores al Acuerdo de Escazú en Centroamérica, en particular en Guatemala, en El Salvador y en Honduras. 

Se trata de Estados centroamericanos que ya sea:

- persisten en no ratificarlo como Guatemala, el cual además, en el 2022 notificó una peculiar solicitud al Secretario General de Naciones Unidas, nunca observada con anterioridad con relación a un tratado sobre derechos humanos por parte de un Estado en América Latina. El único precedente similar encontrado refiere a notificaciones similares remitidas por Estados Unidos e Israel a Naciones Unidas en el 2002 para "retirar" su firma al Estatuto de Roma adoptado en 1998 (Nota 9); 

- o bien, de Estados que tan siquiera lo han firmado (caso de El Salvador y Honduras). 

En el caso de Guatemala, no se dispone de información para saber qué motivó semejante acción en diciembre del 2022 por parte de sus autoridades diplomáticas: se intuye que se trata de alguna oscura "leyenda" fabricada por asesores jurídicos del sector empresarial guatemalteco a finales del 2022 en contra del Acuerdo de Escazú.

Con relación a Costa Rica, no está de más señalar que, en un artículo de la publicación especializada costarricense Ojo al Clima, de abril del 2021, sobre los alcances del Acuerdo de Escazú y las contradicciones, malinterpretaciones y fantasías creadas por algunos, en relación con su contenido, se lee algo muy llamativo que desde el mes de abril del 2021,  ameritaría algunas aclaraciones. En efecto, la negociadora del Acuerdo de Escazú por parte de Costa Rica, la exviceministra de Ambiente costarricense, Patricia Madrigal Cordero, señala con respecto a una magistrada de la Sala Constitucional, Nancy Hernández, lo siguiente:  

"La obstaculización del Poder Judicial al proceso de ratificación del Acuerdo de Escazú ha sido negativa en muchos sentidos. Primero, se aparta del criterio de servicio técnicos de la Asamblea Legislativa, que dijo que no se estaba ante la situación descrita en el artículo 167 de la Constitución Política y también se aparta del criterio de servicios técnicos del Poder Judicial, que considera que este proyecto de ley no afecta de manera orgánica al funcionamiento del Poder Judicial y menos tratándose de un tratado de derechos humanos, continuó la exviceministra. Segundo, la magistrada Nancy Hernández, en una nota, manifiesta sus preocupaciones interpretativas del Acuerdo de Escazú que coincidentemente son las mismas que ha encontrado la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) para oponerse al proyecto, añadió Madrigal". 

Una "aclaración" dada a conocer por la precitada magistrada constitucional y grabada durante un evento académico en la Facultad de Derecho de la UCR, plantea aún más dudas y evidencia su desconocimiento de la normativa ambiental vigente en Costa Rica y de los principios que la rigen (véase este documental  del 2021 sobre el Acuerdo de Escazú producido por la UCR, a partir del minuto 4:56). Se lee en la parte final de este documental (unos de los pocos existentes en Costa Rica sobre el Acuerdo de Escazú)  una frase que inicia señalando que "La Magistrada Hernández declinó dar declaraciones para este documental...", minuto 8:45).


A modo de conclusión

Más allá de  las extrañas coincidencias entre la UCCAEP  y las preocupaciones de la precitada magistrada constitucional, el hecho que, a casi siete años de la apertura a la firma y ratificación del Acuerdo de Escazú, Costa Rica se mantenga distante con este valioso instrumento plantea algunas interrrogantes muy válidas: su imagen  internacional en el ámbito ambiental ha resultado bastante dañada desde que la Asamblea Legislativa archivó el proyecto de ley de aprobación del Acuerdo de Escazú, en el mes de febrero del 2023 (Nota 10). 

El deterioro se ha ido  confirmando en los últimos años, con autoridades ambientales sumamente cuestionadas en meses recientes. En una comparecencia  relacionada a la polémica del momento en este segundo semestre del 2024 en Costa Rica, Gandoca Manzanillo (Nota 11), la máxima autoridad ambiental el 6 de agosto del 2024 (véase video) denotó un desconocimiento bastante preocupante con relación a las amenazas recibidas en el Caribe Sur por activistas y miembros de organizaciones sociales: véase el "a mí no me consta" que se oye de su parte al minuto 1:52:01 y que repite en tres ocasiones frente a los integrantes de la comisión legislativa.  

En el ámbito local, son recurrentes las acciones judiciales ante la negativa de las autoridades municipales de entregar información de carácter público sobre proyectos susceptibles de tener efectos negativos para el ambiente (véase, entre muchos otros casos, enlace a esta reciente acción legal - septiembre del 2024 - interpuesta contra el alcalde de San Rafael de Heredia por la ONG Conceverde). Ello sin mencionar el otorgamiento en modo "express" e inconsulto de permisos municipales para proyectos polémicos en distintas comunidades (véase por ejemplo nota del 2016 sobre el otorgamiento de permisos municipales a una planta asfáltica en San Miguel de Santo Domingo de Heredia).

A pesar del espectáculo bastante particular que Costa Rica ofrece a observadores de la vida internacional interesados en cuestiones ambientales, los principios rectores del Acuerdo de Escazú encontrarán a partir de ahora en Bahamas, así como previamente en Colombia, un terreno fértil ante la apremiante situación que conocen muchos líderes ecologistas y jefes de pequeñas comunidades rurales y/o indígenas (en particular colombianas), al alzar la voz en defensa del ambiente. 

Para las autoridades ambientales colombianas, el acceso a información  de carácter público en materia ambiental constituye un esfuerzo recientemente materializado en marzo del 2024 y que debería poder ser saludado y replicado en otras partes del continente americano (véase publicación oficial titulada "Política de transparencia y acceso a la información pública").  

Después de Chile, en donde también la cúpula político-empresarial había logrado suscitar temores infundados en contra del Acuerdo de Escazú, a partir de supuestos "argumentos" entre el 2018 y el 2021, Colombia logró sumarse a los Estados en favor de una gobernanza ambiental mucho más inclusiva y participativa en América Latina, a los que ahora se une decididamente Bahamas.

Con relación al resto de América Latina, es de esperar que el sostenido esfuerzo de la sociedad civil colombiana, articulado con el sector académico y con otros sectores de la sociedad colombiana en favor del Acuerdo de Escazú (Nota 12), que logró paulatinamente explicar lo falaz que resultaban muchos de los mitos y leyendas creados en contra de la protección de quienes defienden el ambiente, se logre replicar en un futuro en otras latitudes del continente americano, en particular en Centroamérica, pero también en el Sur del continente.


- - Notas - -

Nota 1:  Véase BOEGLIN N., "" '¡Llegaron los mitos!': a propósito de los recientes comunicados en contra del Acuerdo de Escazú", Sección Voz experta, UCR, edición del 17 de diciembre del 2020. texto integral disponible aquí.


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "El Acuerdo de Escazú: a propósito de recientes comunicados en contra de su aprobación", Delfino.cr, edición del 29 de noviembre del 2020. Texto integral disponible aquí


Nota 3: Véase por ejemplo PEÑA CHACÓN M., “Transparencia y rendición de cuentas en el Estado de Derecho ambiental“, Delfino.cr, edición del 17 de abril del 2021, disponible aquí. Sobre el Acuerdo de Escazú, remitimos a tres valiosas (y algo voluminosas) publicaciones colectivas que detallan los alcances de su contenido y de su importancia para la consolidación de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: ATILIO FRANZA J. & PRIEUR M. (dir.), Acuerdo de Escazú: enfoque internacional, regional y nacional, Editorial Jusbaires, Buenos Aires, 2022, 670 págs. Obra disponible de manera integral en este enlace;  así como BARCENA A., MUÑOZ AVILA L., TORRES V. (Editoras), El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2021, CEPAL / Universidad del Rosario (Colombia), 298 págs. Obra completa disponible en este enlace; y PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú: pacto para la eco-nomía y democracia del siglo XXI, 330 págs.,  2020, Universidad del Litoral (Argentina). Obra completa disponible en este enlace


Nota 4: Véase al respecto nuestra nota BOEGLIN N., "Acuerdo de Escazú: Colombia a muy poco de ser oficialmente Estado Parte después de Chile (2022), Argentina y México (2021). Apuntes desde Costa Rica", editada el 26 de octubre del 2022. Texto disponible aquí. 


Nota 5: Remitimos a nuestros estimables lectores a BOEGLIN N., "Costa Rica y el Acuerdo de Escazú: historia de una persistente ausencia", Revista de Ciencias Ambientales (UNA, Heredia), Vol. 58 (2024), pp.1-11. Texto completo del artículo disponible aquí.


Nota 6: Véase la emisión a la que fuimos invitados en Hablemos de Derecho Internacional (HDI) titulada "Desmitificando el Acuerdo de Escazú", 6 de febrero del 2021, disponible en este enlace. Así como  BOEGLIN N., " '¡Llegaron los mitos!': a propósito de los recientes comunicados en contra del Acuerdo de Escazú", Sección Voz Experta, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR),  16 de diciembre del 2020. Texto disponible aquí. Con relación al carácter insólito del hallazgo hecho por el Poder Judicial, que al parecer no ha despertado mayores críticas en Costa Rica, remitimos al subtítulo "La profunda soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina" en nuestro artículo publicado en el sitio jurídico especializado de DerechoalDia, en su edición del 17 de noviembre del 2022.  Véase también PEÑA CHACÓN M., "Desmitificando el Acuerdo de Escazú", DerechoalDía, edición del 28 de noviembre del 2020, disponible aquí; así como MADRIGAL CORDERO P. & GONZALEZ BALLAR R., "Acuerdo de Escazú: desmitificando falacias y construyendo argumentos"Colección Perspectiva, Friedrich Ebert Stiftung, agosto del 2021, disponible aquíUn interesante ejercicio sobre el balance informativo consistiría, en el caso de la prensa de Costa Rica, como también en el caso de otros Estados como Colombia y Perú, en analizar la cantidad de referencias de grandes medios de prensa a estos esfuerzos, a contraponer con la cantidad de referencias reproduciendo los supuestos "argumentos" en contra de Escazú difundidos por sectores corporativos.  


Nota 7: Sobre el principio de inversión de la carga en materia ambiental contenido en el Acuerdo de Escazú que una magistrada costarricense de la Sala Constitucional interpretó de manera completamente errónea en un voto en marzo del 2020, véase una acérrima crítica recientemente dada a conocer, cuya lectura completa se recomienda: CHINCHILLA-CALDERÓN R., "Principio de inocencia, 'carga de la prueba' penal, delitos ambientales y Acuerdo de Escazú", Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente, 2024. Texto completo disponible aquí


Nota 8: Véase BOEGLIN N., "Acuerdo de Escazú: viento en popa. Corte Interamericana de Derechos Humanos lo incopora, mientras persiste insólita ausencia de Costa Rica", Portal de la UCR, Sección Voz Experta, edición del 10 de abril del 2023. texto disponible aquí


Nota 9: En una carta bastante singular, raramente observada en Naciones Unidas, se lee textualmente que Guatemala el 20 de diciembre del 2022, envió la siguiente notificación a Naciones Unidas en la que anuncia que no tiene intención alguna de ser en el futuro Estado parte (véase parte baja de este enlace):

 
"In a communication received on 20 December 2022, the Government of Guatemala informed the Secretary-General of the following: "I have the honour to write to you in reference to the Regional Agreement on Access to Information, Public Participation and Justice in Environmental Matters in Latin America and the Caribbean, also known as the Escazú Agreement, adopted in Escazú on 4 March 2018 and signed by the Republic of Guatemala on 27 September 2018.The Republic of Guatemala officially informs you, as depositary of the Escazú Agreement, that it does not intend to become a party to the Agreement. Its signing of the Agreement shall not, therefore, give rise to any legal obligations for the Republic of Guatemala, in accordance with international law".

Los especialistas en paralelismos de forma podrán comparar la extraña carta de Guatemala del 2022 con la  (igualmente extraña) carta enviada por Israel al solicitar en el 2002 que su firma al Estatuto de Roma de 1998 que crea la Corte Penal Internacional (CPI) no surta efecto alguno. Se lee (véase parte final del estado oficial de firmas y ratificaciones del Estatuto de Roma, punto 4) que:

"In a communication received on 28 August 2002, the Government of Israel informed the Secretary-General of the following: ".....in connection with the Rome Statute of the International Criminal Court adopted on 17 July 1998, [...] Israel does not intend to become a party to the treaty.  Accordingly, Israel has no legal obligations arising from its signature on 31 December 2000.  Israel requests that its intention not to become a party, as expressed in this letter, be reflected in the depositary’s status lists relating to this treaty."

El paralelismo de formas puede orientarse a la técnica del "cut and paste" al revisarse una carta similar de Estados Unidos en mayo del 2022, siempre a propósito del Estatuto de Roma y que se lee en el punto 14 en la parte final del estado oficial  de firmas y ratificaciones:

"In a communication received on 6 May 2002, the Government of the United States of America informed the Secretary-General of the following: "This is to inform you, in connection with the Rome Statute of the International Criminal Court adopted on July 17, 1998, that the United States does not intend to become a party to the treaty. Accordingly, the United States has no legal obligations arising from its signature on December 31, 2000. The United States requests that its intention not to become a party, as expressed in this letter, be reflected in the depositary’s status lists relating to this treaty”.


Nota 10: El archivo por parte de la Asamblea Legislativa, el 1ero de febrero del 2023, del expediente legislativo sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase al respecto nuestra nota) ha dañado sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior: fueron varios los titulares en la prensa internacional del pasado mes de febrero del 2023 haciendo ver la incongruencia de Costa Rica en materia ambiental (véase por ejemplo este artículo publicado en El Mundo (España) titulado "Costa Rica resta puntos como ´país verde´ "; o bien esta nota de France24 titulada "Costa Rica, promotor del Acuerdo de Escazú sobre medioambiente, lo deja morir"; o esta nota publicada en GoodPlanet Mag titulada "Le Costa Rica fait passer à  la trappe un traité de défense de l environnement"; o este cable de la agencia  internacional AFP replicado en El Observador de Uruguay empleando la palabra "retroceso").  De factura más reciente este artículo titulado "Lauded as Green Model, Costa Rica Faces Unrest in Its Forests" publicado desde la Universidad de Yale en Estados Unidos detalla esta y otras inconsistencias de Costa Rica en materia ambiental. Desde Naciones Unidas, el mismo Relator Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente no tardó en hacer ver su profundo malestar con esta decisión de la Asamblea Legislativa  de Costa Rica de archivar este expediente legislativo (véase nota publicada en el medio digital costarricense Delfino.cr). Tal y como se indicaba en una nota publicada por el Semanario Universidad en la misma fecha del 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú: "Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente".


Nota 11: Con relación a la última propuesta, algo ocurrente, de las máximas autoridades ambientales de Costa Rica, véase BOEGLIN N."Gandoca  / Manzanillo: las obligaciones jurídicas que implica la Convención Ramsar para Costa Rica", editada el 11 de septiembre del 2024. Texto completo disponible aquí


Nota 12: Véase esta valiosa publicación editada en Colombia y titulada Mitos y verdades del Acuerdo de Escazú, así como este enlace de la Universidad del Rosario, y, desde el sector académico este muy completo artículo  MUÑOZ AVILA L. & LOZANO AMAYA M.A. "La democracia ambiental y el Acuerdo de Escazú en Colombia a partir de la Constitución ecológica de 1991", Revista Derecho del Estado, Número 50 (Sept.-Dic. 2021), pp. 165-200. El texto integral de este extenso artículo está disponible aquí.  Desde el sector de la comunicación, el talentoso equipo colombiano de La Pulla elaboró un video titulado “La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas” (véase enlace ), el cual responde a la gran cantidad de argumentos totalmente falaces en contra de este instrumento regional, desmenuzando de manera extremadamente ingeniosa muchos de los razonamientos oídos no solamente en Colombia: se trata de verdaderos mitos y leyendas, escuchados en varios otros Estados del continente americano en contra del Acuerdo de Escazú, y que cuentan con influyentes adeptos en el sector empresarial y relevos no menos influyentes en un sector de la prensa corporativa. No está de más referir también a esta opinión jurídica de la ONG colombiana DeJusticia a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad en octubre del 2023 (véase texto).


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miércoles, 4 de junio de 2025

Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad y al silencio de Costa Rica


Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad y al silencio de Costa Rica


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com


"Tout ce qui se passe ne semble pas relever du hasard, mais d’un plan systématique clairement visible, dans une tentative manifeste de pousser les habitants à l’exil, à accepter ce qu’on appelle les projets de « migration volontaire », c’est-à-dire un déplacement forcé déguisé. Les politiques de famine, de destruction et de bombardements constants ne sont que les outils d’un plan plus vaste visant à vider Gaza de ses habitants ou à briser leur volonté. Ce qui se joue à Gaza n’est pas seulement un siège ou une agression, mais un processus d’extinction méthodique de la vie et de la présence palestinienne". 

Testimonio de habitante de Gaza, 12 de abril del 2025. Extracto de"Témoignage d'Abu Amir, le 12 avril 2025: Gaza sous le feu: bombardements et faim impitoyable". Texto completo disponible aquí


El pasado 4 de junio del 2025, un proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad sobre el drama indecible que se vive en Gaza fue vetado por Estados Unidos (véase nota de prensa oficial de Naciones Unidas al respecto y nota de The Guardian).

Es de notar que se trataba del primer ejercicio sobre la situación en Gaza en el que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas intentaba acordar un texto entre sus integrantes, luego de la llegada a la Casa Blanca de su nuevo ocupante en enero del 2025. 

El texto integral del proyecto de resolución puede ser revisado en su versión oficial en español y en inglés, al final de estas mismas reflexiones, en la sección "Documento /Material": su lectura (recomendada) permite entender mejor el alcance de la maniobra buscada por los promotores de esta iniciativa (y las contradicciones que reviste el veto norteamericano).

En el párrafo operativo 3 de este proyecto de resolución, se puede leer que el Consejo de Seguridad:

"3. Exige el levantamiento inmediato e incondicional de todas las restricciones impuestas a la entrada de ayuda humanitaria en Gaza y su distribución segura y sin trabas a gran escala, incluso por parte de las Naciones Unidas y los asociados humanitarios, en toda la Franja de Gaza, así como el restablecimiento de todos los servicios esenciales con arreglo al derecho internacional humanitario, los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, y sus resoluciones pertinentes".

Es de notar que los integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas lograron acordar una fórmula permitiendo manifestarse al respecto y contando con el voto afirmativo de casi todos sus 15 integrantes. Este comunicado conjunto de los 10 Estados integrantes no permanentes del Consejo de Seguridad (denominado E-10 en la jerga de Naciones Unidas, y que por parte del hemisferio americano integran Guyana y Panamá) constituye un llamativo esfuerzo en ese sentido y un llamado extremadamente claro a la opinión pública internacional, que podemos resumir de la siguiente manera: "no somos Estados miembros permanentes del Consejo de Seguridad, pero pedimos a los que sí lo son actuar ante la tragedia inhumana que vive la población civil en Gaza".

Cabe traer a la memoria una advertencia hecha ante este mismo Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, menos de 10 días después del 7 de octubre del 2023 por parte del representante de Palestina (en esta cita, la versión en inglés acompaña la versión en castellano):

"Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros  /  What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them" (Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9 / Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim  S/PV/9439 at page 9). 

Pese a esta muy tempranera advertencia, y a muchas otras posteriores hechas por parte de un sinnúmero de entidades, de Estados, y de expertos de Naciones Unidas, sobre las verdaderas intenciones de Israel en Gaza, resulta de interés observar:

- cómo, poco a poco, los mecanismos internacionales para que Israel rinda cuenta a la justicia internacional de sus numerosas exacciones contra la población civil en Gaza se han ido activando, y; 

- cómo las vociferaciones y gesticulaciones de las máximas autoridades israelíes y su abierto desafío a la autoridad de los diversos órganos de Naciones Unidas, jurisdicciones incluídas, están llevando a los demás Estados de la comunidad internacional (con la notable excepción de Estados Unidos) a considerar a Israel como un verdadero Estado paria. 

Tuvimos hace poco en la radio universitaria (véase enlace) la posibilidad de externar criterio sobre estas y muchas otras vociferaciones en el marco de una emisión radial, en compañia de la representante de Palestina en Costa Rica, titulada: "La deshumanizacióm como técnica narrativa para volver aceptable lo inaceptable: el genocidio en Gaza".  


El contexto en el que se da esta votación en el seno del Consejo de Seguridad

La catástrofe humanitaria provocada por Israel en Gaza, al mantener un bloqueo a la ayuda humanitaria, y al romper la tregua acordada con el Hamas en enero del 2025 desde el pasado 18 de marzo, con bombardeos diarios sobre esta misma población civil, ha sido ampliamente reportada, provocando reacciones de profundo repudio de Estados usualmente cercanos a Israel como por ejemplo Australia, Alemania, Canadá, Francia o bien Reino Unido.

- Algunas de las reacciones oficiales de Estados

En el mes de mayo, por ejemplo, Canadá, Francia y Reino Unido condenaron de manera colectiva los recientes anuncios de Israel relativos a la expansión de sus operaciones militares en Gaza (véase comunicado conjunto del 19 de mayo). En el comunicado colgado por las autoridades de Francia (véase texto) se indica que:

"Nous ne resterons pas les bras croisés pendant que le gouvernement Netanyahou poursuit ces actions scandaleuses. Si Israël ne met pas fin à la nouvelle offensive militaire et ne lève pas ses restrictions sur l'aide humanitaire, nous prendrons d'autres mesures concrètes en réponse". 

Como corrolario a todo lo anterior el "asedio contra niños" en Palestina por parte de Israel ha sido denunciado el pasado 20 de mayo por parte de Naciones Unidas (véase comunicado oficial). Brasil exigió el 21 de mayo a Israel cesar su ofensiva en Gaza y levantar el bloqueo a la ayuda humanitaria en términos particularmente duros :

"Submetida há mais de dois meses a bloqueio completo, a Faixa enfrenta, ademais, risco iminente de fome generalizada. O Brasil expressa grave preocupação com a anunciada intenção israelense de permitir ingresso mínimo de alimentos e remédios em Gaza, recordando que o uso da fome como método constitui crime de guerra" (véase texto integral del comunicado oficial colgado por las autoridades diplomáticas brasileñas).

España condenó por su parte los nuevos asentamientos en Cisjordania autorizados por Israel el pasado 30 de mayo (véase comunicado); y suscribió una declaración conjunta firmada por 23 Estados el 19 de mayo (véase texto) sobre la inaceptable privatización de la entrega de la ayuda humanitaria en Gaza decidida por Israel. A inicios de mayo, España suscribió una declaración conjunta (véase texto) condenando la expansión de la operación militar de Israel en Gaza decidida por Israel el 5 de mayo, conjuntamente con Eslovenia, Islandia, Irlanda, Luxemburgo y Noruega. 

Chile por su parte el 28 de mayo decidió retirar parte de su personal diplomático en Israel, en señal de repudio ante la catástrófica situación humanitaria en Gaza (véase comunicado de su aparato diplomático), que había condenado en términos vehementes en otro comunicado anterior, el pasado 16 de mayo (véase texto), no sin antes (5 de mayo), condenar el plan de expansión de las operaciones militares en Gaza (véase comunicado), de igual manera condenado por Bolivia (véase comunicado del 7 de mayo): nuestros lectores, en particular en América Latina, podrán por sí mismos revisar si sus respectivas cancillerías alzaron la voz como Chile y otros Estados durante el pasado mes de mayo, o si alguna oscura razón puede explicar el mutismo absoluto de sus autoridades diplomáticas ante el drama indecible que se vive en Gaza.

Sudáfrica por su parte condenó en un extenso comunicado con fecha del 1ero de junio (véase texto) las víctimas mortales palestinas que cayeron durante la entrega de ayuda humanitaria, un texto antecedido por otro del 16 de mayo (véase texto) en el que condenó la muerte de 143 personas en 24 horas en Gaza debido a los bombardeos del ejercito israelí.


- Algunas condenas provenientes de órganos de Naciones Unidas

El 3 de junio del 2025, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en un comunicado de prensa (véase texto) pasado desapercibido en la mayoría de los medios de prensa internacionales, señaló que:

"Deadly attacks on distraught civilians trying to access the paltry amounts of food aid in Gaza, are unconscionable. For a third day running, people were killed around an aid distribution site run by the “Gaza Humanitarian Foundation”. This morning, we have received information that dozens more people were killed and injured.

There must be a prompt and impartial investigation into each of these attacks, and those responsible held to account. Attacks directed against civilians constitute a grave breach of international law, and a war crime.

Palestinians have been presented the grimmest of choices: die from starvation or risk being killed while trying to access the meagre food that is being made available through Israel’s militarized humanitarian assistance mechanism. This militarized system endangers lives and violates international standards on aid distribution, as the United Nations has repeatedly warned".

El último informe al 5 de junio del 2025 elaborado por Naciones Unidas (véase enlace), completado por el informe anterior al 28 de mayo del 2025 (véase enlace) da una idea de la violencia que ejerce Israel sobre la población civil de Gaza, objeto de bombardeos indiscriminados diarios desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, con una breve tregua registrada entre el 19 de enero y el 18 de marzo del 2025.

Desde el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, circula un informe realizado por una comisión internacional de invesigación, que detalla  los crímenes de guerra perpetrados por Israel, en el que se enfatiza la destrucción deliberada de toda la infraestructura pública existente en Gaza: véase informe A/HRC/59/26 con fecha del 6 de mayo del 2025, muy pocamente referenciado en medios de prensa internacionales. Este informe concluye con un vehemente llamado a los Estados Miembros de Naciones Unidas:

"101. The Commission recommends that all Member States: 

(a) Comply with all international law obligations, including those set out in the July 2024 advisory opinion of the International Court of Justice, the Geneva Conventions of 12 August 1949, the Convention against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment and the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; 

(b) Cease aiding or assisting in the commission of violations; and explore measures to ensure the accountability of perpetrators of international crimes, grave human rights violations and abuses in Israel and the Occupied Palestinian Territory".

Durante la sesión del 4 de junio del Consejo de Seguridad, el Sub Secretario General para Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas imploró al Consejo de Seguridad a tomar decisiones valientes en aras de gestionar la llegada de la ayuda humanitaria que Israel bloquea y concluyó indicando (véase texto de su intervención):

"No one should have to risk their life to feed their children. As I have repeatedly stressed, we must be allowed to do our jobs: We have the teams, the plan, the supplies and the experience. Open the crossings – all of them. Let in lifesaving aid at scale, from all directions. Lift the restrictions on what and how much aid we can bring in. Ensure our convoys aren’t held up by delays and denials. Release the hostages. Implement the ceasefire.We value the support of more and more Member States who are joining our call: Let us work".


- Tramitación de casos contra Israel ante la justicia internacional y ante la justicia nacional

Este 9 de junio, el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) rechazó por infundada la enésima solicitud de Israel para intentar dejar sin efecto las órdenes de arresto contra su actual primer Ministro y su ex Minsitro de Defensa (véase texto, en particular conclusiones a párrafos 46-49); al tiempo que Australia, Canadá, Noruega, Nueva Zelanda y Reino Unido anunciaron este 10 de junio sanciones contra dos ministros del actual gabinete que gobierna en Israel (véase comunicado oficial del Reino Unido y artículo publicado en el TimesofIsrael). Cabe precisar que la CPI no juzga a Estados, sino que busca enjuiciar a personas a título individual, desde el punto de vista penal, por ordenar, instigar o cometer actos particularmente graves debidamente tipificados desde 1998 en el Estatuto de Roma (véase texto) como lo son: el crimen de genocidio (artículo 6), los crímenes de lesa humanidad (artículo 7) y los crímenes de guerra (artículo 8). La lectura detallada de este último artículo se recomienda, más particularmente de cara a las dramáticas imágenes que provienen de Gaza pero también de Cisjordania, desde más de un año y medio.

Otra jurisdicción internacional también situada en La Haya, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), la cual juzga a Estados y no a indidivudos, realizó entre el 28 de abril  y el 2 de mayo pasado las audiencias públicas en La Haya, en el marco esta vez del procedimiento consultivo sobre las obligaciones que tiene Israel en Gaza que derivan de su calidad de Estado  Miembro de Naciones Unidas (Nota 1): unos 40 Estados y otras tres organizaciones internacionales hicieron ver a los 15 integrantes de la CIJ la importancia que revisten las reglas jurídicas que obligan a todo Estado Miembro de Naciones Unidas y detallaron ante la máxima instancia jurisdiccional la lista de obligaciones jurídicas que Israel ha violado. Por parte de América Latina, participaron por orden de aparición ante los jueces de la CIJ (véase programa): Colombia, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá. 

Recientemente, la justicia peruana fue activada en busca de un soldado israelí que se encuentra en el territorio peruano (véase nota de la Fundación Hind Rajab con fecha del 23 de mayo). En enero del 2025, un soldado israelí acusado de haber cometido crímenes en Gaza logró escapar in extremis de la justicia brasileña, gracias a "gestiones" de  la embajada de Israel en Brasil, que a la fecha no se han detallado mayormente (véase nota de prensa).

Para volver un momento a Costa Rica, el título de este reportaje de la televisión costarricense de marzo del 2024 plantea otro tipo de interrogantes sobre el flujo de jóvenes israelíes, que desde las paradisiacas playas costarricenses, vuelan a Israel y de ahí pasan a combatir en Gaza en cuestión de muy pocos días. Después de cometer exacciones de todo tipo en Gaza ¿volverán estos jóvenes como si nada a turistear y a disfrutar de las maravillosas playas que ofrece Costa Rica a todo visitante extranjero?


El voto en breve en el seno del Consejo de Seguridad

El detalle del voto observado el pasado 4 de junio del 2025  registró 14 votos a favor, con lo cual nuevamente, Estados Unidos confirmó su profunda soledad a la hora de referirse a Israel ante los demás integrantes de la comunidad internacional. 

Desde el punto de vista político, este voto constituye un verdadero fracaso de la diplomacia de Estados Unidos, incapaz esta vez de convencer a uno de los 14 integrantes de votar en contra o bien al menos de abstenerse, como sí ocurrió en octubre del 2023 con un proyecto de resolución presentado por Brasil, vetado por Estados Unidos y objeto de dos abstenciones: Reino Unido y Rusia (Nota 2). 

Con este voto del 4 de junio, Estados Unidos reafirma su alianza incondicional histórica con Israel ante los ojos del mundo, independientemente del partido del que provenga su Presidente, con consecuencias previsibles para una buena parte de la sociedad norteamericana indignada, asi como para sectores que en el mundo repudian este apoyo irrestricto de Estados Unidos a Israel: esta nota publicada por el New York Times  refleja parte de este profundo malestar que se vive en el seno de la sociedad norteamericana.


Foto de la Embajadora de Estados Unidos Nikki Haley saliendo de la sala del Consejo de Seguridad en Nueva York al iniciar su alocución el representante de Palestina el 15 de mayo del 2018, durante una sesión sobre la extrema violencia de Israel contra manifestantes participando pacíficamente en la Marcha del Retorno. Foto extraída de nota de prensa titulada “EE.UU. se queda solo en la ONU” (La Vanguardia, edición del 16/5/2018)

Habíamos tenido la oportunidad de señalar recientemente en una nota anterior (Nota 3) que ante el Consejo de Seguridad, Israel dispone de una delegación norteamericana dispuesta a endosar lo que le presente:

"De paso, pone en evidencia el carácter totalmente falaz de lo que se lee en la intervención de la representante de Estados Unidos ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del pasado 13 de mayo. Su lectura (véase texto) confirma que lo que afirma Israel, lo repite Estados Unidos ante el Consejo de Seguridad: ambos Estados coïnciden en absolutamente todos los aspectos relacionados a Gaza".

La explicación de voto brindada por Estados Unidos este 4 de junio (véase texto) confirma nuevamente que todo lo que Israel afirme, lo endosa en modo automático Estados Unidos como suyo ante el Consejo de Seguridad, sin ningún tipo de reserva.

Este reciente  reportaje de la BBC (altamente recomendado debido a la calidad de las tomas y de los videos) sobre el bombardeo del hospital europeo de Gaza por parte de Israel el pasado 14 de mayo desmiente todas las afirmaciones de Israel y de sus crículos de influencia según las cuales, los militares israelíes proceden a bombardeos cumpliendo con las obligaciones que les impone el derecho internacional humanitario.  Este reportaje (véase enlace) realizado en Francia por periodistas de Le Monde y otros medios europeos en este inicio del mes de junio del 2025, ofrece evidencia de los ataques deliberados de Israel a comunicadores, operadores de drones y periodistas palestinos en Gaza, en abierta violación a las reglas del derecho internacional humanitario. 

Con relación a Costa Rica y al mutismo de sus máximas autoridades, este 11 de junio se informó de una petición de cientos de ciudadanos exigiendo a sus autoridades alzar la voz ante la intercepción realizada por Israel de una flotilla humanitaria (véase nota de ElMundo.cr).


El voto probable en la Asamblea General

Dado el veto de Estados Unidos, es muy probable que la Asamblea General de Naciones Unidas solicite una sesión urgente de la Asamblea General en los próximos días, durante la cual es posible que un texto muy similar sea sometido al voto de los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas: véase al respecto nota de PassBlue del 10 de junio, que cita extractos del proyecto de resolución a ser votado.

A diferencia de otras votaciones, esta vez Australia, Canadá, Reino Unido y otros Estados cercanos a Israel votarán a favor del texto. Se prevé que en América Latina, únicamente Argentina y Paraguay votarán en contra, conjuntamente con Estados Unidos, Israel, Hungría y un pequeño grupo de islas del Pacífico. 

A no ser que Israel y Estados Unidos logren nuevamente convencer a algunos Estados de Centroamérica, como ya se ha podido observar en algunas ocasiones pasadas (Nota 4).

Con relación a Paraguay, este 9 de de junio Paraguay informó del reforzamiento de su lazos bilaterales con Israel (véase comunicado oficial), al tiempo que La Nación de Argentina titulaba en esa misma fecha una extensa entrevista a un ex diplomático de Israel de la siguiente manera: "Si los únicos amigos que tiene Netanyahu son Orban y Milei, tiene un problema" (véase artículo cuya lectura completa se recomienda).


A modo de conclusión

Mientras el mundo observa horrorizado la extrema violencia que Israel le impone a la población civil de Gaza desde largos meses y mientras que se multiplican las manifestaciones oficiales de repudio al accionar de Israel desde inicios de mayo, Israel continúa sus operaciones militares diaria sobre Gaza. A la vez, mantiene el bloqueo a la ayuda humanitaria a Gaza, aventurándose a una entrega personalizada por parte de una fundación privada que ha demostrado ser incapaz ante el desafío que supone entregar ayuda humanitaria a 2,3 millones de habitantes hambrientos y desesperados.

Es tal la coincidencia existente entre Israel y Estados Unidos que las actuales autoridades norteamericanas adoptaron sanciones contra cuatro juezas que integran a la CPI, causando el repudio generalizado de la Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma (véase anuncio oficial de la diplomacia Estados Unidos, así como el comunicado del Presidente de la Asamblea de Estados Partes del 6 de junio yel  comunicado oficial de la CPI como tal del 5 de junio).  En febrero del 2025, se habían manifestado en defensa de la CPI y contra estas sanciones más de 80 Estados (véase texto colgado por el aparato diplomático de Países Bajos): se notará la ausencia en América Latina de Argentina, Ecuador, El Salvador, Haítí, Paraguay así como Venezuela. No resulta de más recordar que en América Latina dos Estados persisten en no ser Estados Partes al Estatuto de Roma adoptado en 1998: Cuba y Nicaragua.

Como muchos otros, en este mes de junio del 2025, Francia exigió a Estados Unidos retirar inmediatamente estas insólitas sanciones (véase comunicado del 6 de junio). En el caso de Perú, del cual es oriunda una de las juezas objeto de sanciones, se pudo leer este comunicado de prensa, al igual que este otro comunicado emitido esta vez por Chile en defensa de la justicia penal internacional de La Haya (véase texto).

Ya en el 2020, habíamos tenido la oportunidad de analizar la sanciones tomadas por parte de Estados Unidos contra el personal de la CPI, motivadas también para proteger a Israel, sin que ello fuera explícitado por las autoridades norteamericanas (Nota 5): en aquel momento (setiembre del 2020), sí pudimos referirnos al comunicado oficial de Costa Rica en defensa de los principios y de los valores contenidos en el Estatuto de Roma. En este mes de junio del 2025, la ausencia de toda manifestación por parte de Costa Rica pareciera formar parte del mutismo absoluto al que se ve sometido su aparato diplomático con relación a Israel, observado en los últimos meses. 


Notas:


Nota 1: Véase al respecto BOEGLIN N., " Gaza / Israel: un cerco de la justicia internacional que se va estrechando sobre Israel y ... una Costa Rica omisa", 9 de mayo del 2025. Texto integral disponible aquí.


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil", 18 de octubre del 2023. Texto integral disponible aquí


Nota 3: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: un cerco de la justicia internacional que se va estrechando sobre Israel y ... una Costa Rica omisa", 9 de mayo del 2025. Texto integral disponible aquí 


Nota 4: Con relación al proyecto de resolución de Brasil vetado por Estados Unidos el 18 de octubre del 2023, el voto en el seno de la Asamblea General del 27 de octubre del 2023 registró 120 votos a favor, 15 en contra (entre los cuales se registran los de Guatemala y Paraguay) y 45 abstenciones (entre las que figura la de Uruguay): véase al respecto BOEGLIN N., "Gaza  / Israel: a propósito de la abrumadora mayoría con la que la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución pidiendo un alto a la violencia en Gaza y el respeto al derecho internacional humanitario", 27 de octubre del 2023. Texto integral disponible aquí.


Nota 5: Véase BOEGLIN N., "Sanciones de EEUU contra la Corte Penal Internacional (CPI): algunos apuntes sobre sus verdaderas motivaciones", 2 de setiembre del 2020. Texto disponible aquí. Una versión fue publicada en el sitio de la UCR el 24 de setiembre, en la sección Voz Experta, disponible en este enlace. Sobre las saciones dictaminadas en este mes de junio por la actual administración norteamericana, véase GALBRAITH J.,  "US sanctions on the International Criminal Court: the details and the pattern", Verfassungsblog, 7 d ejunio del 2025. Texto integral disponible aquí.  


Documento/Material: texto del proyecto de resolución S/353/2025 vetado por Estados Unidos el 4 de junio del 2025 en el seno del Consejo de Seguridad:

Versión en español:

Argelia, Dinamarca, Eslovenia, Grecia, Guyana, Pakistán, Panamá, República de Corea, Sierra Leona y Somalia: 

proyecto de resolución 

El Consejo de Seguridad, 

Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, 

Recordando sus resoluciones pertinentes sobre la situación en Oriente Medio, incluida la cuestión palestina, 

Expresando grave preocupación por la catastrófica situación humanitaria, incluido el riesgo de hambruna mencionado en el informe de la Clasificación Integrada de la Seguridad Alimentaria en Fases, y por los últimos acontecimientos ocurridos en la Franja de Gaza, y reafirmando que todas las partes deben cumplir sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanitarios, según proceda, y el derecho internacional humanitario, 

Expresando también apoyo a las gestiones que están realizando Egipto, los Estados Unidos de América y Qatar para que las partes vuelvan inmediatamente a aplicar el acuerdo de alto el fuego en todas sus fases, indicadas en la resolución 2735 (2024), lo que permitiría lograr el fin permanente de las hostilidades, la liberación de todos los rehenes, el intercambio de prisioneros palestinos, la devolución de todos los restos mortales y la retirada total de las fuerzas israelíes de Gaza, así como el inicio de un gran plan plurianual de reconstrucción para Gaza, 

1. Exige un alto el fuego inmediato, incondicional y permanente en Gaza que deberán respetar todas las partes; 

2. Recuerda su exigencia de que sean liberados de forma inmediata, digna e incondicional todos los rehenes retenidos por Hamás y otros grupos; 

3. Exige el levantamiento inmediato e incondicional de todas las restricciones impuestas a la entrada de ayuda humanitaria en Gaza y su distribución segura y sin trabas a gran escala, incluso por parte de las Naciones Unidas y los asociados humanitarios, en toda la Franja de Gaza, así como el restablecimiento de todos los servicios esenciales con arreglo al derecho internacional humanitario, los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, y sus resoluciones pertinentes; 

4. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión


Versión en inglés:

Algeria, Denmark, Greece, Guyana, Pakistan, Panama, Republic of Korea, Sierra Leone, Slovenia and Somalia: 

draft resolution 

The Security Council, 

Reaffirming the purposes and principles of the Charter of the United Nations, 

Recalling the relevant resolutions of the Security Council on the situation in the Middle East, including the Palestinian question, 

Expressing grave concern over the catastrophic humanitarian situation, including the risk of famine identified in the IPC report, and the latest developments in the Gaza strip, and reaffirming that all parties must comply with their obligations under international law, including international human rights law, as applicable and international humanitarian law, 

Expressing also support to the efforts of Egypt, Qatar and the United States of America to immediately bring parties back to implementing the ceasefire agreement in all its phases as reflected in Security Council resolution 2735 (2024) leading to a permanent end to hostilities, the release of all hostages, the exchange of Palestinian prisoners, the return of all remains, and the full withdrawal of Israeli forces from Gaza as well as the start of a major multi-year reconstruction plan for Gaza, 

1. Demands an immediate, unconditional and permanent ceasefire in Gaza respected by all parties; 

2. Recalls its demand for the immediate, dignified and unconditional release of all hostages held by Hamas and other groups; 

3. Demands the immediate and unconditional lifting of all restrictions on the entry of humanitarian aid into Gaza and its safe and unhindered distribution at scale, including by the UN and humanitarian partners, throughout the Gaza Strip as well as the restoration of all essential services in line with international humanitarian law, the humanitarian principles of humanity, neutrality, impartiality and independence, and the relevant resolutions of the Security Council; 

4. Decides to remain actively seized of the matter